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La Corte Constitucional resolvió el jueves 30 de junio de 2021 que el Convenio sobre Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones entre Estados y Nacionales de otros Estados (Ciadi) no requiere de aprobación legislativa para ser ratificado. La Corte señaló que este es un convenio marco en el que se establece la posibilidad de que Ecuador acuda al arbitraje internacional o procesos de conciliación internacional. Sin embargo, apunta, que para pueda concretarse la posibilidad de acudir a cortes internacionales, deben existir convenios arbitrales específicos. El dictamen señal también que cuando Ecuador suscriba tratados en materia de protección de inversiones con posterioridad, cada uno de ellos debe ser recibir un pronunciamiento de las Corte Constitucional, que determinará si el acuerdo requiere aprobación legislativa. Fuente: Primicias.

Last modified on 2021-07-01

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