La reciente evaluación del Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas sobre Ecuador ha puesto en evidencia una crisis sistémica en el poder judicial que amenaza los fundamentos del Estado de Derecho. El 7 de noviembre de 2024, el Comité publicó sus hallazgos tras examinar al Estado ecuatoriano, revelando preocupaciones profundas sobre la independencia judicial, la infiltración del crimen organizado en las cortes y la seguridad de los operadores de justicia. Esta crisis no solo representa un desafío para la administración de justicia, sino que también tiene implicaciones significativas para el desarrollo económico y social del país.
LA CORRUPCIÓN COMO AMENAZA A LA INDEPENDENCIA JUDICIAL
La infiltración de la corrupción en el sistema judicial ecuatoriano ha alcanzado niveles alarmantes que comprometen su independencia y eficacia. “Esta crisis no es nueva, en los informes anteriores del Comité de Derechos Humanos ya se ha venido alertando esta situación. Lo que sí podemos decir es que el Comité nos llama la atención en un tema nuevo que es seguridad”, señala Petronio Ruales, docente de la Universidad Indoamérica y especialista en Derechos Humanos, en entrevista para GESTIÓN.
Según el informe presentado por la ONU -en su documento Observaciones Finales sobre el Séptimo Informe Periódico de Ecuador-, las investigaciones de la Fiscalía General del Estado han revelado que estructuras criminales han establecido una red de sobornos que involucra a operadores de justicia. Estos pagos ilícitos han resultado en decisiones judiciales favorables, modificaciones en la composición de tribunales y retrasos procesales injustificados que benefician a miembros de organizaciones criminales.
Durante el 2023, según el Consejo de la Judicatura en su Rendición de Cuentas 2023, se registraron un total de 670 denuncias sobre presuntos actos de corrupción dentro de los órganos que conforman la Función Judicial. De estos datos se desprende un panorama que merece especial atención: si bien se logró atender y resolver 393 casos, que representan el 59% del total de denuncias ingresadas, existe un considerable 41% de casos que permanecen sin resolución definitiva (Gráfico 1).
Gráfico 1
Gestión de denuncias de presuntos actos de corrupción
Este remanente se distribuye entre 167 denuncias (25%) que se encuentran “en espera de insumos”, lo que sugiere la necesidad de mayor coordinación interinstitucional para la obtención de información y evidencias, mientras que 110 denuncias (16%) continúan “en trámite”. Es particularmente relevante señalar que, de las 393 denuncias concluidas, 77,61% corresponde a atención directa a la ciudadanía mediante respuestas motivadas, mientras que 8,65% fue direccionado a las direcciones provinciales en el ámbito disciplinario y un 8,40% en el ámbito administrativo.
El problema se agrava con la evidencia de que estas prácticas corruptas no son casos aislados. Como señala el informe de INREDH, la situación ha generado una profunda desconfianza en el sistema judicial, donde la percepción pública apunta a una penetración significativa del crimen organizado en las estructuras judiciales. Esta infiltración no solo afecta casos específicos, sino que compromete la integridad del sistema en su conjunto, creando un círculo vicioso donde la impunidad alimenta más corrupción.
La gravedad de la situación se refleja en las modificaciones irregulares de tribunales y la concesión indebida de beneficios penitenciarios, prácticas que han sido documentadas y que sugieren la existencia de una red organizada dentro del poder judicial. Esta realidad no solo socava la confianza pública en la administración de justicia, sino que también compromete la capacidad del Estado para mantener el orden y la seguridad.
CORRUPCIÓN, VIOLENCIA Y AMENAZAS EN EL SISTEMA JUDICIAL
Como señala el Comité de Derechos Humanos en sus observaciones finales, preocupan “los informes de casos de corrupción que afectan al poder judicial; incluyendo investigaciones por parte de la Fiscalía General del Estado en las que se indica que estructuras criminales habrían pagado sobornos a operadores de justicia a cambio de decisiones favorables, modificaciones en composiciones de tribunales, retardos procesales injustificados y beneficios penitenciarios a favor de integrantes de organizaciones del crimen organizado y sus familiares; lo cual da lugar a un alto grado de desconfianza pública en los operadores de justicia y a la creencia de que se estaría produciendo la penetración del crimen organizado en el poder judicial”.
Esta crisis de corrupción se ve agravada por la violencia sistemática dirigida contra los operadores de justicia. El Comité “observa con preocupación las escasas medidas de prevención y protección adoptadas frente a los asesinatos, amenazas, intimidaciones y agresiones contra jueces, fiscales y demás profesionales del ámbito jurídico”. Esta violencia sistemática no solo pone en riesgo la vida de estos funcionarios, sino que también compromete severamente la independencia judicial y la administración efectiva de justicia.
Este clima de temor y violencia ha llevado a una situación donde muchos jueces y fiscales se ven forzados a elegir entre su integridad profesional y su seguridad personal. Las consecuencias de esta presión se reflejan en decisiones judiciales sesgadas, retrasos procesales y, en algunos casos, la renuncia de operadores de justicia que no están dispuestos a arriesgar sus vidas en el cumplimiento de sus funciones. Efectivamente, un aspecto crítico que destaca Ruales en entrevista para GESTIÓN es la seguridad de los jueces: “Tenemos que estar claros de que el nudo crítico no es un tema de jueces solamente. Esto les pasa a las personas de la fuerza pública también. Esto no es algo nuevo, sucedió hace 20 años en Colombia”.
Las cifras son alarmantes: según el Comité de Derechos Humanos de la ONU, entre 2018 y 2023 se registraron más de 600 muertes violentas durante la reclusión, producto de motines y violencia entre personas privadas de libertad. Esta crisis de violencia se intensificó en 2024, con un registro de 35.000 detenciones tan solo entre enero y mayo, muchas bajo acusaciones de terrorismo, lo que según el Comité podría indicar un uso arbitrario de medidas antiterroristas para restringir derechos y libertades fundamentales. Estas estadísticas reflejan no solo la magnitud de la crisis del sistema judicial, sino también cómo la violencia y la arbitrariedad se han convertido en características sistémicas que amenazan el Estado de derecho.
ESTADOS DE EXCEPCIÓN Y SU IMPACTO EN LA JUSTICIA
Por otra parte, el Comité de Derechos Humanos también “expresa su profunda preocupación por la frecuencia con que el Estado ha declarado estados de excepción y suspendido algunos de los derechos consagrados en el Pacto, así como la aparente normalización de los estados de excepción a nivel nacional y local, teniendo en cuenta que las suspensiones solo deben ocurrir en situaciones verdaderamente excepcionales”.
Sobre el uso recurrente de estados de excepción, Ruales ofrece una perspectiva comparativa reveladora: “El caso de Ecuador contrasta drásticamente con otros países. España, por ejemplo, solo ha declarado dos estados de excepción en su historia. Al comparar las realidades entre Colombia y España, observamos dos lógicas distintas: una latinoamericana y otra europea, pero incluso con sus desafíos regionales similares, ninguno de estos países ha normalizado el estado de excepción como lo ha hecho Ecuador. Lo que debería ser excepcional se ha convertido en nuestra regla de gobierno”, señala en entrevista para GESTIÓN.
Particularmente preocupante es el recurrente uso de la causal de “conflicto armado interno” desde enero de 2024, y la ausencia de medidas encaminadas a dar cumplimiento a los dictámenes de la Corte Constitucional en la materia. Como señala el informe de INREDH, “el Decreto Ejecutivo No. 111 del presidente Daniel Noboa reconoce a 22 grupos de Crimen Organizado Transnacional, como Terroristas y Grupos Armados No Estatales. Es una cuestión perniciosa ya que la forma de tratamiento es distinta de acuerdo con el grupo del que se esté hablando”.
El impacto de estas medidas ha sido especialmente severo en grupos vulnerables. El Comité observa que “algunos derechos, como la libertad de circulación, la libertad de asociación y la libertad de reunión, se han visto limitados de forma considerable y desproporcionada, afectando particularmente a las personas indígenas, las personas en situación de pobreza y a las personas migrantes, refugiadas y solicitantes de asilo”.
INREDH documenta casos concretos de este impacto: “Persecución a comuneros del cantón Las Naves en la provincia de Bolívar, quienes se encontraban protestando en contra de la empresa minera canadiense 'Curimining'. Se inició un proceso penal en contra de los seis comuneros, acusándolos de terrorismo y de asociación ilícita”.
Ante esta situación, el Comité recomienda que “el Estado parte debe limitar el recurso a los estados de excepción y velar por el estricto respeto de los derechos humanos consagrados en el Pacto”. Además, debe “asegurar que toda medida adoptada para proteger a la población en el contexto de un estado de excepción sea temporal, proporcionada y estrictamente necesaria; que esté sujeta a una pronta revisión judicial; y que cumpla con la garantía de los principios de no discriminación y proporcionalidad”.
DESAFÍOS Y PERSPECTIVAS DE REFORMA
Frente a la crisis documentada, el Comité de Derechos Humanos insta al Estado ecuatoriano a “velar por que todos los casos de corrupción se investiguen con prontitud y de forma independiente e imparcial, y para que los responsables de esos actos, en particular en los casos de corrupción de alto nivel y de corrupción en el poder judicial, sean enjuiciados y sancionados en función de la gravedad del delito”. Por otra parte, Ruales enfatiza en que “el Ecuador tiene problemas estructurales que van más allá de soluciones inmediatas. Lamentablemente, en este momento, el país está enfrentando las consecuencias de años de negligencia. Nos dedicamos durante mucho tiempo a creer que la vida era fácil, nos olvidamos de muchos temas que son estructurales para el Estado”.
El experto ilustra esta crisis estructural con un análisis matemático revelador sobre la sobrecarga del sistema judicial: “Un juez tiene la obligación de asistir 40 horas a la semana, 160 horas al mes. Si a una unidad judicial civil ingresa un promedio de 700 causas mensuales, estamos hablando de aproximadamente 8.400 causas al año. Si se dedicara tan solo una hora al año para cada juicio, el juez necesitaría aproximadamente 8.400 horas anuales, cuando en realidad apenas dispone de 1.760 horas laborables. Es un problema matemático fundamental que demuestra la imposibilidad de brindar una justicia eficiente bajo las condiciones actuales”.
Las recomendaciones específicas incluyen “garantizar que los procedimientos disciplinarios y de selección, nombramiento, suspensión, traslado y destitución de jueces y fiscales sean compatibles con el Pacto y con las normas internacionales pertinentes”. Además, se enfatiza en la necesidad de “evitar que en los procesos de selección y nombramiento de los jueces y fiscales interfiera el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social con criterios ajenos a los relativos a la capacidad y méritos de los aspirantes”.
El trabajo de organizaciones como INREDH ha sido fundamental para evidenciar cómo “el Estado puede hacer despliegue de su poder punitivo para perseguir arbitrariamente a defensores de Derechos Humanos”, destacando la necesidad de reformas estructurales que protejan tanto a operadores de justicia como a defensores de derechos humanos.
La implementación de estas reformas requiere abordar las causas sistémicas identificadas en los informes: desde la penetración del crimen organizado en las estructuras judiciales hasta la normalización de estados de excepción que comprometen garantías fundamentales. Solo un enfoque integral que considere estos factores interrelacionados podrá conducir a un sistema judicial verdaderamente independiente y eficaz.
(*) Elaborado por economista Liz Ortiz, analista económica Revista
Last modified on 2025-01-12