wrapper

Últimas Noticias

Sin perjuicio de la declaración establecida en la Ley Orgánica de Prevención, Detección y Erradicación del Delito de Lavado de Activos y del Financiamiento de Delitos, en el caso que corresponda, las divisas en efectivo que porten los pasajeros (mayores de edad que abandonen el país o menores de edad que no viajen acompañados de un adulto) no estarán sujetas al pago del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD), siempre que su monto sea de hasta tres salarios básicos unificados del trabajador en general.

Para el caso de los adultos que viajen acompañados de menores de edad, al monto antedicho se sumará un salario básico unificado del trabajador en general por cada menor, el cual no estará sujeto al pago del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD).

Superado los salarios básicos referidos anteriormente, el pasajero está en la obligación de pagar el 5% del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) sobre el monto excedente, ante el Servicio de Rentas Internas (SRI).

Las divisas que porten los pasajeros extranjeros no residentes al momento de su ingreso al país, siempre que la permanencia en el país de la persona natural no supere los 90 días calendario y que su monto haya sido informado a su ingreso al país a las autoridades migratorias y aduaneras, según corresponda, no generan el Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) al momento de su salida del país.

Fuente: Senae
Last modified on 2019-11-27

Quiénes somos

GESTIÓN es una publicación digital producida y editada por la Consultora MULTIPLICA.

MULTIPLICA es una compañía de consultoría e investigación, fundada en enero de 1994. Su objetivo central es llevar adelante investigación aplicada en las áreas empresariales, macroeconómicas, finanzas y desarrollo.

Entre sus actividades específicas está la producción, investigación y análisis de información macroeconómica, sectorial y de coyuntura. Cuenta con un grupo de profesionales en las áreas de economía, finanzas, comunicación y ciencias sociales.