Según la resolución No. NAC-DGERCGC18-00000431, los contribuyentes obligados a emitir facturas electrónicas en 2020 son:
a) Quienes realicen actividad de comercialización de maquinaria pesada y de equipo caminero nuevo o usado, cuya venta responda o no a una actividad habitual.
b) Las personas naturales y sociedades que realicen actividades de venta al por mayor y menor de gas licuado de petróleo.
En 2021 los contribuyentes obligados a emitir facturas electrónicas son:
a) Las personas naturales y sociedades, no contempladas en los grupos anteriores, en transacciones con el Estado por montos iguales o superiores a $ 1.000,00 (mil dólares de los Estados Unidos de América), emitirán por cada transacción un comprobante electrónico.
Fuente: SRI
Last modified on 2020-01-23