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Autor: María de la Paz Vela *

El proyecto de Ley Orgánica para Impulsar la Reforma Económica del Ecuador fue enviado a la Asamblea Nacional como un proyecto económico urgente el 1 de noviembre y tendrá que ser votado antes del 1 de diciembre. En su Título V busca dar impulso a los medios de pago electrónicos y optimizar el manejo de la especie monetaria con regulaciones obligatorias para empresas y personas naturales. 

 

Los cambios que propone al Código Orgánico Monetario y Financiero (COMF) en dos disposiciones generales serán determinantes para el uso de este medio de pago, puesto que:

  1. Vuelve obligatorio para empresas y personas con RUC (registro único de contribuyentes) “contar con al menos un canal de cobro electrónico y no podrán negarse a recibir los cobros por esta vía, en los plazos que establezca la Junta”; y
  2. Cobra impuestos sobre el retiro de efectivo de las personas jurídicas y naturales, con un recargo de entre 0,5% y 2% del valor de cada retiro en efectivo que supere el límite establecido por la Junta de Regulación Monetaria y Financiera (Jrmf), que jamás será menor a $ 4.000 o más por mes.  La junta establecerá la tasa aplicable a las cantidades que superen este monto.  El cobro de este impuesto se destinará a un fondo nacional para atender enfermedades catastróficas. 
  3. La junta establecerá los montos máximos y plazos a partir de los cuales el pago de servicios públicos y el pago de nómina a empleados y a proveedores que realicen las empresa y personas naturales con RUC se efectuarán a través del sistema nacional de pagos mediante débito de cuenta, transferencia bancaria, pago con tarjeta de crédito, débito u otros medios de pago electrónicos.

 

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El uso del dinero electrónico ha sido marginal
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(2)  Agrupa las obligaciones exigibles mediante la presentación de órdenes de retiro del titular de la cuenta de dinero electrónico. (*) Se registran operaciones a partir de octubre 2014. 

6) La liquidez total o dinero en sentido amplio incluye la oferta monetaria y el cuasidinero.

 

  • Art. 194. Todas las operaciones activas se realizarán por transferencia electrónica de fondos u otros medios de pago electrónicos. Son 12 tipos de operaciones activas: contratación de créditos, venta de títulos valores, operaciones de comercio exterior, desembolsos de créditos, etc. Todas se harán por medio de transacciones electrónicas y no mediante el uso de efectivo.
  • El transporte público estará obligado a cobrarse con dinero electrónico, en un plazo hasta de cuatro años. En la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial se hacen reformas que exigen que en un plazo máximo de cuatro años, las cooperativas de transporte terrestre público y los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD) cantonales que cuenten con una población mayor a 500.000 habitantes contarán con un medio de cobro electrónico de pasajes de transporte terrestre.  El cobro de peaje también se hará de manera automática de acuerdo a los reglamentos que emita la Agencia Nacional de Regulación y Control de Transporte Terrestre.

 

DINERO ELECTRÓNICO: ¿PILAR O CORROSIVO DE LA DOLARIZACIÓN?

 

El Gobierno pretende impulsar el uso del dinero electrónico para liberar el efectivo para su propio uso para las transacciones internacionales. Este modelo económicono atrae la inversión extranjera de mediano y largo plazo, que sería generadora de dólares y ha motivado la masiva salida de dólares. 

La expansión de las exportaciones es limitada, mientras que las importaciones se disparan con un imparable drenaje de dólares.  Esta situación ha llevado al equipo económico a buscar la forma de exigir que se mantengan los dólares en la economía. 

El impuesto a la salida de divisas (ISD) y la tasa aduanera a la importación, así como los aranceles tope a 397 partidas van en esa dirección.  Este tipo de exigencias es incompatible con la dolarización.

La implementación del dinero electrónico se hará a través de las cooperativas y de los bancos privados bajo el ámbito regulatorio y de control del Estado.  El Banco Central del Ecuador ya no será parte de los actores que manejen el dinero electrónico, serán los bancos privados. 

Sin embargo, la obligatoriedad del manejo del dinero electrónico para el ciudadano y para todas las empresas, y el castigo impositivo al uso de efectivo van a erosionar la credibilidad de este sistema y la credibilidad de la banca privada. 

Toda la regulación y uso del dinero electrónico lo dictará la Junta de Regulación.  No es solamente un avance tecnológico sino que el riesgo es que se busque reemplazar el uso del efectivo y puede pasar a ser una moneda paralela.  Tal como está concebido puede ser un fuerte corrosivo de la dolarización.

 

pac* Editora macroeconómica Revista Gestión Digital.

Twitter: @mpvela

 

 

 
 
 
 
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Last modified on 2017-11-09

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