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La Superintendencia de Economía Popular y Solidaria dentro del ámbito de sus competencias conferidas por la Ley, a fin de velar por el interés de los socios y la estabilidad del sector económico popular y solidario informa que las entidades financieras bajo su control no podrán efectuar cargos por servicios financieros sin previa aceptación de sus socios.

Esto en concordancia a los artículos 247 y 248 del Código Orgánico Monetario y Financiero.

Con esos antecedentes esta Superintendencia dispone que, en el plazo improrrogable de cinco días contados a partir de la notificación del OFICIO CIRCULAR No. SEPS-SGD-2018-26004, el gerente y el presidente de las cooperativas de ahorro y crédito, y de las asociaciones mutualistas de ahorro y crédito para la vivienda presenten una declaración juramentada ante notario público.

Es importante recordar a la ciudadanía que las denuncias sobre cobros no autorizados se las puede realizar a través de la línea 1800 INDEBIDOS (463324); o en la SEPS mediante los canales de atención ciudadana.

 

Last modified on 2018-10-18

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GESTIÓN es una publicación digital producida y editada por la Consultora MULTIPLICA.

MULTIPLICA es una compañía de consultoría e investigación, fundada en enero de 1994. Su objetivo central es llevar adelante investigación aplicada en las áreas empresariales, macroeconómicas, finanzas y desarrollo.

Entre sus actividades específicas está la producción, investigación y análisis de información macroeconómica, sectorial y de coyuntura. Cuenta con un grupo de profesionales en las áreas de economía, finanzas, comunicación y ciencias sociales.