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A partir del 26 de octubre corren 30 días para que las instituciones del sistema financiero comprueben la existencia de documentos o autorizaciones de débitos, en casos de reclamo. La obligación de devolver a los clientes cobros indebidos a través de instituciones del sistema financiero fue determinada por la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera a través de la Resolución 463. La normativa también prohíbe a las entidades que puedan difundir información personal de los clientes a cualquier persona natural o jurídica y a las empresas encargadas del servicio de telemercadeo, sin contar con la autorización expresa para ello. Fuente: El Universo.

Last modified on 2018-10-31

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GESTIÓN es una publicación digital producida y editada por la Consultora MULTIPLICA.

MULTIPLICA es una compañía de consultoría e investigación, fundada en enero de 1994. Su objetivo central es llevar adelante investigación aplicada en las áreas empresariales, macroeconómicas, finanzas y desarrollo.

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