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La Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera emitió una resolución para normar los procedimientos que deberán llevar a cabo las entidades bancarias para poner en marcha los beneficios crediticios que anunciaron para ayudar a sus clientes durante la emergencia. La Junta determinó que el “diferimiento extraordinario de obligaciones crediticias” en el marco de la emergencia comprenderá operaciones en las que se haga refinanciamiento, reestructuración y renovación de deudas. Si el cliente accede a estos cambios, la calificación de su crédito no deberá bajar o deteriorarse. Tampoco deberán considerarse como nuevos créditos, según la resolución. El banco no podrá cobrar valores adicionales o comisiones por estas operaciones que se realizarán por la emergencia, explicó la Superintendencia. Fuente: El Comercio.

Last modified on 2020-03-24

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