La Comunidad Andina de Naciones (CAN) consideró, mediante Resolución 1999, que la tasa de control aduanero creada por el Ecuador para gravar las importaciones es un “gravamen” y que, por ende, vulneraría el ‘Programa de Liberación de la Comunidad’, establecido en el Acuerdo de Cartagena. Con ese pronunciamiento, la CAN echa abajo la legalidad de la tasa que ha sido defendida por parte del Servicio Nacional de Aduanas (Senae). La CAN da diez días al Ecuador para eliminar dicho cobro. La resolución, indica que la tasa “constituye un gravamen conforme a lo dispuesto en el artículo 73 del Acuerdo de Cartagena”. Fuente: El Universo.
Last modified on 2018-04-24