Algunos duplican el salario ganado horas extras. En el Estado las horas extraordinarias y suplementarias son las que se cumplen fuera del horario regular. Se puede trabajar hasta cuatro horas adicionales (máximo 60 al mes) con recargo de 25% por el pago, que se consideran suplementarias. Las extraordinarias son las que se hacen desde las 24:00 hasta las 06:00, o las regulares durante feriados y fines de semana, y pueden ser hasta 60 al mes. En este caso el recargo es de 100%. A través del Decreto 135, sobre las medidas de austeridad, se estableció que los funcionarios públicos podrán acumular máximo 30 horas extraordinarias y suplementarias, previa justificación de la máxima autoridad o su delegado. Fuente: El Comercio.
Last modified on 2017-10-02