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Entre 1% y 8% deberán pagar las personas naturales y sociedades –residentes fiscales ecuatorianos– que decidan repatriar los capitales que por diversas razones están en el exterior. Esa es una de las medidas propuestas por el Gobierno en la Ley de Crecimiento Económico. La ley crea un impuesto único y temporal para la regularización tributaria, cuya tarifa se aplicará dependiendo de la fecha en la que retornen esos capitales. Hasta el 31 de marzo de 2020, pagarán 1% del monto. Si la declaración y pago se realizara del 1 de abril hasta el 30 de junio de 2020, un 2%. Del 1 de julio y el 31 de diciembre, 4%. Si se produjera solo declaración de rentas, activos e inversiones, pero no el retorno de los recursos, el pago es 8 %. Fuente: El Universo.

Last modified on 2019-10-25

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