A través de un nuevo código, las empresas y negocios del sector turístico podrán registrar el Impuesto al Valor Agregado (IVA) del 8%, que se cobrará en el próximo feriado de Carnaval. Este mes el Servicio de Rentas Internas (SRI) publicó la Ficha Técnica para la emisión de comprobantes electrónicos en este año, donde establece una nueva codificación para el registro del IVA diferenciado. Según la Ley de Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal tras la pandemia de covid-19, aprobada el pasado noviembre, el Ejecutivo podrá reducir dicho tributo del 12% al 8%, durante 12 días al año, para actividades turísticas. La modificación se debe efectuar a través de un decreto. El documento del SRI establece que el código 8 deberá utilizarse para registrar las tarifas de IVA iguales o mayores a 8% y menores a 12%. Fuente: El Comercio.
Last modified on 2022-01-28
Contenido Relacionado
- Fallo constitucional impide ingreso de semillas transgénicas para experimentar
- La Prefectura de Pabón es señalada por la Contraloría
- Tribunal negó ‘habeas corpus’ al exdefensor del Pueblo Freddy Carrión
- Corte declara inconstitucional a reforma tributaria correísta de 2011
- Ecuador se endeudará menos porque mejoran sus expectativas económicas