Setenta y nueve años han transcurrido desde la creación del Código del Trabajo (1938) que aún rige en el país, y aunque se ha acomodado al pasar de las décadas, “la realidad” sobre todo en actividades específicas en el agro y otros sectores lo supera, reconoce Xavier Sandoval, director regional del Trabajo. Por eso, apunta a que el nuevo Código, a través de otras modalidades de trabajo, facilite la contratación en actividades específicas que no se adecuan al contrato indefinido mínimo de un año u otros modelos existentes como los contratos de obra de servicio (excepcional), a destajo (por unidades de medidas), por tarea o por temporada (para la zafra). Fuente: El Universo.
Last modified on 2017-10-30
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