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La Corte Constitucional del Ecuador admitió a trámite la demanda de inconstitucionalidad de dos disposiciones de la Ley de Simplificación y Progresividad Tributaria, que se publicó en el registro oficial el pasado 31 de diciembre. El pasado 29 de mayo, la Corte admitió analizar la acción que fue presentada por la Cámara de Comercio de Quito. La Asamblea y el Ejecutivo tienen 15 días para defender o impugnar la constitucionalidad de las dos normas. La Cámara impugnó el artículo 56 de esta Ley, que establece que las empresas que generaron ingresos de más de $ 1 millón en el 2018 deberán pagar una contribución entre el 2020 y el 2022; y también impugnó la disposición que se refiere a gravar con impuesto a la renta los dividendos repartidos a accionistas extranjeros. Fuente: El Comercio.

Last modified on 2020-06-04

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