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Los empleadores y afiliados que difirieron a 12 meses el pago de sus obligaciones correspondientes a los meses de pandemia (de marzo a junio), podrán cancelar la primera cuota hasta el miércoles 30 de septiembre. Así lo señala el reglamento para la aplicación de la Ley de Apoyo Humanitario que fue aprobado por el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS). De acuerdo a la normativa, los beneficiarios tenían dos opciones para el pago de aportes, fondos de reserva y extensión de cobertura de salud, generados en los cuatro meses durante la pandemia: pagar la totalidad de sus obligaciones o llegar a un acuerdo de pago diferido a 12 meses en cuotas iguales. Fuente: Primicias.

Last modified on 2020-09-30

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