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La nueva tarifa del 5% de Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) establecida en la Ley para enfrentar el Conflicto Armado Interno, la Crisis Social y Económica, se aplicará a partir del 1 de abril de 2024 de acuerdo con el artículo 11 del Código Tributario. Esta tarifa, según recordó a través de un comunicado, se aplica en todas las transferencias al exterior a través de medios bancarios, traslados de divisas por puertos, aeropuertos o pasos fronterizos del país o envíos de divisas a través de empresas de Courier. El ente recaudador recordó que existen algunos casos en que el cobro de este impuesto no aplica. En ese sentido, dijo, se mantiene en vigencia la exención en el cobro por 3 salarios básicos ($ 1.380) en traslados fuera del país, 3 salarios básicos ($ 1.380) en transferencias de divisas por año, y hasta $ 5.017,33 por pagos al exterior mediante tarjetas de crédito. 

Fuente: Expreso.

Last modified on 2024-03-14

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