La cuestionada norma que obliga a las personas naturales y empresas a reportar la cantidad de activos monetarios que poseen en bancos internacionales sigue en pie este año. No obstante, el Servicio de Rentas Internas (SRI) decidió aprobar un nuevo calendario en el que ofrece una prórroga, a partir de febrero, para cumplir con este requisito. Según la resolución, que entró en vigencia el pasado 20 de noviembre, la obligación se endosa sobre los activos en el exterior que se hayan registrado desde el 2014 y que sean iguales o superiores a los $ 100.000. Fuente: Expreso.
Last modified on 2018-01-10
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