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Desde marzo del pasado año, gracias a una sentencia de la Corte Constitucional, quedó sin efecto el límite de 24 salarios básicos a las utilidades que reciben los trabajadores. Un fallo de la Corte declaró la insconstitucionalidad del artículo 15 de la Ley de Justicia Laboral, vigente desde el 2015, y restituyó el derecho de los empleados a recibir el 15% de las utilidades totales anuales de una compañía. La disposición del órgano constitucional tuvo efecto para el período fiscal 2017, por ello las ganancias distribuidas en el 2018 no contaron con esta limitante. El techo de 24 salarios básicos comenzó a aplicarse para las utilidades del año fiscal 2016, que se repartieron en el 2017. La norma establecía que el excedente de las utilidades se destinará al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS). Fuente: El Comercio, 30 de marzo.

Last modified on 2019-04-01

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