Los magistrados declararon la constitucionalidad parcial del decreto de estado de excepción, dictado por el presidente Lenín Moreno y que se extendería por 30 días. La sentencia ordena al Ejecutivo trabajar en un proyecto de ley para regular el derecho a la libertad de tránsito de forma temporal y únicamente para afrontar la pandemia.
La Corte Constitucional emitió, este 7 de abril de 2021, su dictamen de constitucionalidad al decreto de estado de excepción vigente, firmado por el presidente Lenín Moreno el 1 de abril.
El decreto establecía un estado de excepción por 30 días (hasta el 31 de abril), pero medidas de restricción solo hasta el 9. Esta decisión se tomó para no afectar el desarrollo de la jornada de votaciones en la segunda vuelta electoral.
Según Juan Zapata, presidente del COE Nacional, la idea era que ese organismo analice la situación el lunes después de las elecciones. Entonces, de ser el caso, emitirían nuevas restricciones dentro del estado de excepción.
Esto, sin embargo, ya no podrá pasar. La Corte Constitucional determinó en su dictamen que el estado de excepción deberá durar solo hasta el 9 de abril. Los magistrados argumentan que las medidas adoptadas, en particular el toque de queda, fueron justificadas por Moreno únicamente hasta esa fecha.
El dictamen también ordena que, en el plazo máximo de tres meses, la Presidencia elabore y presente ante la Asamblea Nacional un proyecto de ley. Este deberá regular de manera adecuada el derecho a la libertad de tránsito de forma temporal y únicamente para afrontar la pandemia.
Los magistrados recordaron al presidente de la República que en régimen constitucional ordinario (fuera del estado de excepción) se debe realizar todos los esfuerzos necesarios para adoptar las medidas dirigidas a hacer frente a la pandemia y evitar las aglomeraciones. También instó a Moreno a que estas medidas sean difundidas a la población con la suficiente antelación, y de manera coordinada con otras autoridades. Esto, para evitar contradicciones y confusión con otras medidas adoptadas por los COE cantonales u otras autoridades, como sucedió en Quito. Fuente: Primicias
Last modified on 2021-04-07