Los servicios de plomería, auto sustituto, asistencia dental o de wincha ofrecidos por empresas de asistencia y que se descuentan de cuentas bancarias de los clientes no están sujetos a control. Los cobros de estos servicios han generado polémica las últimas dos semanas, luego de que usuarios denunciaran abusos por parte de las empresas. El artículo 248 del Código Monetario establece que los bancos pueden cobrar cargos por sus servicios y por aquellos que no son financieros. La norma también determina que los débitos a nombre de terceros deben contar con la aceptación expresa del usuario. El intendente de la Regional Quito de la Superintendencia de Compañías, Esteban Ortiz, explicó que la entidad no ejerce un control específico para garantizar que exista la aceptación del cliente en esos servicios. Fuente: El Comercio.
Last modified on 2018-10-19