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El presidente de la República, Lenín Moreno, emitió el 27 de julio el decreto Ejecutivo 1109, que establece las reglas para la recaudación anticipada del Impuesto a la Renta (IR) aplicable a empresas que generaron ingresos mayores a $ 5 millones.

Según la directora del Servicio de Rentas Internas (SRI), Marisol Andrade, los recursos que provengan de la aplicación del Decreto Ejecutivo 1109 serán destinados a salud y educación y para fomentar el programa de crédito Reactívate Ecuador.

El nuevo decreto establece que los grandes contribuyentes, es decir, quienes registraron ingresos superiores a $ 5 millones en el primer semestre de 2020 deben pagar anticipadamente el Impuesto a la Renta (IR).

Según Andrade, 1.188 contribuyentes deberán anticipar el pago al IR y se espera recaudar con ello $ 280 millones aproximadamente para la recuperación económica y sanitaria del país.

Andrade, junto con Iván Ontaneda, ministro de Comercio Exterior, y Xavier Lazo, ministro de Agricultura, participaron en la rueda de prensa denominada ‘Herramientas para la recuperación postcovid’ este 27 de julio.

Estas 1.888 grandes empresas vendieron $ 18.000 millones durante el primer semestre de 2020 y generaron utilidades (en medio de la pandemia de coronavirus), según Andrade.

Sin dar nombres, Andrade dijo que una empresa dedicada a la venta de productos alimenticios registró ingresos por $ 223 millones y utilidades por $ 8,4 millones en el primer semestre de 2020.

En ese caso, el pago anticipado de IR sería de $ 917.169.

Los pagos podrán realizarse hasta en tres cuotas:

  • Primera cuota: 14 de agosto de 2020.
  • Segunda cuota: 14 de septiembre de 2020.
  • Tercera cuota: 14 de octubre de 2020. El decreto establece que, en caso de pagar las cuotas luego de que hayan transcurrido los plazos previstos, las empresas deberán pagar intereses y multas.

El decreto también fija la lista de los contribuyentes que no están sujetos al pago anticipado de IR.

En esa lista están los siguientes contribuyentes:

  • Micro, pequeñas y medianas empresas.
  • Aquellos cuya totalidad de ingresos de 2020 estén exentos del IR.
  • Sujetos cuya actividad económica corresponda al sector acuícola.
  • Contribuyentes abarcados en el Decreto Ejecutivo 1021, es decir, quienes tienen domicilio tributario en Galápagos y quienes se dedican a las siguientes actividades económicas: operación de líneas aéreas; turismo (alojamiento y comidas); agrícola y los exportadores de bienes (o si el 50% de sus ingresos corresponde a actividades de exportación de bienes).

 

Ontaneda dijo que la medida de recaudación “no corresponde a nuevos impuestos”, y que se convierte en una herramienta para mitigar el impacto del coronavirus en el sector productivo.

Pero el sector empresarial tiene reparos. Los representantes de los gremios señalaron que necesitan mayor liquidez para reactivarse tras el impacto de la Covid-19 y cuestionaron las iniciativas tributarias del Gobierno para obtener recursos.

“Solidaridad”

Ecuador creó un fondo de unos $ 1.150 millones denominado Reactívate Ecuador, que cuenta con aportes de organismos internacionales.

La idea de esta línea de crédito es reactivar a las empresas, pero según Ontaneda, estos recursos no alcanzarán para ayudar al sector productivo afectado por la pandemia.

“El concepto es claro: son 1.188 empresas que van ayudar a 125.000 medianas y pequeñas empresas que hoy más que nunca necesitan de esa solidaridad”, añadió Ontaneda.

El Gobierno anunció, además, un nuevo sistema de simplificación tributaria para el pago de impuestos y nuevas medidas para impulsar emprendimientos. Fuente: Primicias

Last modified on 2020-07-28

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