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La reforma al COIP (Código Orgánico Integral Penal) ratifica la pena de cárcel de uno a tres años para quien incumpla los precios mínimos de productos agrícolas y pecuarios. La Cámara de Industrias de Guayaquil asegura que ningún exportador debe ir a prisión por querer ser más competitivo. La prohibición de la venta de suero de leche líquido no es el único punto que enfrenta a agricultores e industriales. En el artículo 71 de la reforma al COIP (Código Orgánico Integral Penal) se ratifica la sanción por el incumplimiento de los precios mínimos de sustentación de varios productos. Además de la leche, estos precios mínimos abarcan otros productos como arroz, maíz, banano, soya y caña. Fuente: Primicias.

Last modified on 2019-10-01

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