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La Asamblea Nacional incluyó en la ley energética que aprobó el 10 de enero que los contribuyentes puedan deducir los intereses de los créditos hipotecarios y quirografarios como gasto personal para efectos de un menor pago del Impuesto a la Renta. La normativa establece que la deducción incluye los créditos hipotecario o quirografario (de consumo) de toda institución financiera nacional; es decir, banca pública y privada. Esto es un cambio, pues el Servicio de Rentas Internas (SRI) admitía la deducción solo de los intereses de préstamos hipotecarios otorgados por instituciones, destinados a la ampliación, remodelación, restauración, adquisición o construcción, de una única vivienda. Ahora, esa decisión, que estaba especificada en un reglamento, se eleva a ley y se añaden los intereses por créditos de consumo. 

Fuente: Primicias. 

Last modified on 2024-01-11

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