Aunque el exvicepresidente de la República, Jorge Glas, se volvió a subir a la camioneta de la Revolución Ciudadana al salir de la cárcel de Cotopaxi, su regreso a la arena electoral es solo una entelequia, porque así lo determina la Constitución de Ecuador. El artículo 233 de la Constitución dispone que quienes tengan sentencia condenatoria ejecutoriada por peculado, enriquecimiento ilícito, concusión, cohecho, tráfico de influencias y testaferrismo “estarán impedidos para ser candidatos a cargos de elección popular”. Precisamente los delitos por los que Glas fue sentenciado: seis años de cárcel por asociación ilícita en el caso Odebrecht y ocho por cohecho en el caso Sobornos.
Fuente: Primicias.
Last modified on 2022-04-12