La justicia ecuatoriana negó este jueves el pedido de suspensión condicional de la pena presentado por el vicepresidente Jorge Glas, quien fue sentenciado a seis años de prisión por el delito de asociación ilícita en el caso Odebrecht, con lo que permanecerá detenido en la cárcel 4 de Quito.
“El Tribunal de la Corte Nacional acoge argumentos de Fiscalía General del Ecuador y rechaza pedido de suspensión condicional de la pena del vicepresidente Jorge G. al no cumplir con lo dispuesto en el Art. 630, numeral 1 del COIP, es decir, que la pena privativa de libertad no exceda de cinco años”, anunció al fiscalía en su cuenta de Twitter tras la audiencia.
La defensa del funcionario justificó la solicitud de suspensión condicional de la pena alegando que la condena a Glas se basó en el Código Penal anterior y no en el que se encuentra vigente desde 2014, donde se establece que la sentencia de primera instancia “se podrá suspender a petición de parte”, siempre y cuando el castigo “no exceda de cinco años”.
Es decir, que aunque el delito de asociación ilícita sí contempla una sentencia de seis años en la antigua ley, Glas no debió ser juzgado con esa normativa, sino con la actual que estipula para el mismo delito con una pena de hasta cinco años.
Sin embargo, los jueces aclararon que se usó el anterior Código Penal debido a que los delitos se cometieron cuando aún estaba vigente.
Glas permanece desde el pasado 2 de octubre en prisión y el 13 de diciembre fue condenado por la justicia luego de 12 días de juicio.
Fuente: Sputnik.
Last modified on 2017-12-22