Que el SRI devuelva el pago en exceso del impuesto a la renta (IR) es un beneficio que muchos contribuyentes agradecen, pero a la par se ha convertido también en un ‘dolor de cabeza’ para ciertos contadores, encargados de encaminar el trámite de cobro para sus clientes. No solo se quejan por las trabas que dicen encontrar en el sistema digital, sino por el tiempo que deben esperar. Este valor corresponde a la retención a la fuente por el IR que las empresas aplican durante el año fiscal a sus trabajadores, quienes pueden utilizarlo como crédito tributario para la disminución del pago del total del impuesto o, de no ser necesario, pedir la devolución del pago, si así lo decide.Sin embargo, este último proceso llega a generar malestar en el transcurso del trámite y cuando la solicitud de devolución es rechazada.
Fuente: Expreso.
Last modified on 2023-06-21