El artículo 56 del nuevo reglamento a la Ley Orgánica de Comunicación, emitido por el Presidente Guillermo Lasso, prohíbe la publicidad de apuestas o predicciones deportivas. Ese artículo señala: “Se prohíbe la publicidad engañosa, así como todo tipo de publicidad o propaganda de pornografía infantil, de cigarrillos, de sustancias sujetas a fiscalización y todo tipo de sistema de apuestas o predicciones deportivas“. Además, establece que “las bebidas que no sobrepasen el 5% de grado alcohólico se podrán publicitar”. Lasso ordenó que los cambios entren en vigencia a partir de la fecha de la suscripción del Decreto Ejecutivo 853 firmado el 23 de agosto de 2023, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
Fuente: Primicias, 25 de agosto.
Last modified on 2023-08-28