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El presidente de la República, Lenín Moreno, reformó el reglamento para la concesión de indulto, conmutación o rebaja de penas, a través del Decreto Ejecutivo 1313. El Mandatario modificó el artículo referente a los solicitantes de indulto, en los que incluye a personas que tengan enfermedades consideradas crónicas. Moreno dispuso que se añada la palabra “crónica” en el segundo artículo del reglamento, que entró en vigencia el 28 de diciembre del 2015, durante el mandato de Rafael Correa. Con el cambio, el Presidente de la República tendrá la facultad de conceder indulto a privados de libertad sentenciados por delitos de genocidio, tortura, desaparición forzada de personas, secuestro y homicidios por razones políticas o de conciencia, en caso de poseer una enfermedad catastrófica, “crónica” o terminal. Fuente: El Comercio.

Last modified on 2021-05-14

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