Los empresarios auguran cierres definitivos de compañías tras la vigencia de la Ley Humanitaria. Para el sector productivo, es un revés la interpretación del numeral 6 del artículo 169 del Código de Trabajo, que tiene que ver con la aplicación del caso fortuito o fuerza mayor, que fue aprobada por la Asamblea. Finalmente, el Legislativo decidió que el despido por fuerza mayor se aplicará únicamente por el cese total de la empresa y no acogió la propuesta del presidente de la República, Lenín Moreno, que planteaba la alternativa de su uso para el cierre parcial de una compañía. La decisión llega en un momento de dificultad para las empresas del país, cuyas ventas y producción se han reducido tras el confinamiento. Fuente: Expreso
Last modified on 2020-06-22
Contenido Relacionado
- BCE ‘rescata’ oro y bonos que estaban en poder de Goldman Sachs
- Bancos privados de Ecuador: las reservas externas refuerzan la liquidez
- Comisión no logra aprobar informe sobre Ley de Finanzas Públicas
- Estudio específico definirá prima por atención a menores del IESS
- $ 2 millones por mes sería afectación a Solca por no recibir contribución del 0,5%