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Los municipios y gobiernos provinciales analizan la aplicación o no de la remisión de interés, multas y recargos, derivados de obligaciones tributarias, no tributarias y servicios básicos, que otorga la Ley de Fomento Productivo. Por ahora la Municipalidad de Cuenca decidió que lo hará y la de Guayaquil, que no se acogerá. El artículo 20 de esta normativa establece que se pueden acoger los gobiernos descentralizados, empresas e instituciones públicas municipales, pero de forma voluntaria. Según el analista tributario Carlos Calero, los gobiernos autónomos descentralizados primero deben elaborar y aprobar una ordenanza que determine el alcance y los lineamientos de las amnistías. Fuente: El Comercio.

Last modified on 2018-09-05

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