El Ministerio de Trabajo informó este 9 de enero de 2024, en el marco del estado de excepción que rige en el país, que exhorta a las instituciones del sector público y privado adoptar mecanismos para salvaguardar la integridad física y el bienestar de los trabajadores a escala nacional. En ese contexto, dijo la cartera de Estado, se debe considerar pertinente, de acuerdo con las necesidades de cada caso, hacer uso de la modalidad de teletrabajo, según los lineamientos establecidos por el Ministerio de Trabajo. Estos son los principales aspectos del teletrabajo en Ecuador. Registro: Todo empleador está obligado al registro del contrato originario en modalidad teletrabajo en el Sistema Único del Trabajo para el efecto en el plazo de treinta 30 días. Jornada máxima, descanso, pago e insumos y garantías al derecho a la desconexión.
Fuente: Expreso.
Last modified on 2024-01-10