El reglamento aprobado ayer por el Consejo de Participación Ciudadana (CPC) transitorio, para el proceso de selección y designación de las autoridades de control, no observa los procesos y etapas previstas en la Constitución de la República.
El texto aprobado por seis de los siete consejeros no se leyó en la sesión del pleno, únicamente el secretario determinó que se trata de un documento que norma los procesos para elegir autoridades a través de concursos y ternas que deberá remitir el mandatario. El reglamento no contempla las comisiones ciudadanas de selección, encargadas del concurso público y de oposición y méritos; en las cuales las Funciones del Estado tienen su delegado, como lo señala la Constitución en su artículo 209. Fuente: El Universo.
Last modified on 2018-05-10