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El Servicio de Rentas Internas (SRI) emitió el 4 de septiembre de 2020 la resolución que establece las normas de aplicación de la recaudación anticipada del Impuesto a la Renta (IR) de 2020 a los grandes contribuyentes. Están obligados al pago anticipado del IR los sujetos pasivos (o empresas) que generaron ingresos por más de $ 5 millones en 2019. El pago anticipado del IR debe efectuarse hasta el viernes 11 de septiembre de 2020, únicamente, a través de débito automático. En el caso que el pago se realice luego de esa fecha, los contribuyentes pagarán intereses. La declaración debe realizarse incluso cuando no se generen valores a pagar o los ingresos de las empresas (o sujetos pasivos) estén exentos. Fuente: Primicias.

Last modified on 2020-09-11

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