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Autor: Revista Gestión *

Las múltiples demandas de empresas transnacionales contra del Estado ecuatoriano merman la capacidad de un mayor financiamiento al presupuesto general del Estado. Esto debido a que el país se vio obligado a pagar $ 1.875 millones a compañías internacionales por demandas entre 2006 y 2021; mientras que los procesos activos hacen que el Gobierno mantenga deudas que alcanzan los $ 57 mil millones. Debido a esto, el actual gobierno busca un nuevo modelo de gestión arbitral basado en la prevención, y posiciona la adscripción al CIADI -tras una década de ausencia- como un paso importante en la atracción de inversión extranjera. No obstante, resulta apremiante un pacto de Estado en materia de inversiones internacionales.

En abril de 2008, la compañía petrolera Perenco demandó a Ecuador por $ 1.423 millones por perjuicios a los activos de dicha empresa extranjera; tras un largo proceso judicial de 13 años de arbitraje, se dio a conocer que el país tendrá que desembolsar $ 374 millones de indemnización, siendo este es uno de los 34 procesos activos de arbitraje internacional que registraba la Procuraduría hasta octubre de 2021.

EL DECRETO FIRMADO POR CORREA EN 2007 INICIÓ CASI TODO

En sí, Ecuador en las últimas décadas ha enfrentado múltiples procesos de demandas por parte de empresas transnacionales, las cuales buscan indemnizaciones debido a los daños causados por incumplimiento y modificación de los contratos de inversión que mantenían con el Estado ecuatoriano. Dichas demandas surgen a partir de que el expresidente Rafael Correa modifico en 2007 el porcentaje de repartición de las ganancias extraordinarias que generaban las compañías petroleras, pasando del 50% de participación del Estado al 99%.

La importancia de las empresas petroleras se ve explicada en los grandes montos que manejan tanto en el nivel de inversión como en de ganancias. Para 2021, estas representaron la tercera actividad de inversión extranjera directa más importante con $ 108,54 millones, superada únicamente por la industria manufacturera y los servicios (Gráfico 1).

Gráfico 1

Inversión extranjera directa por rama de actividad (2021)

De este modo, la firma de dicho decreto, si bien aumentó los ingresos de las arcas fiscales en el corto plazo, desencadenó directa e indirectamente múltiples procesos de arbitraje internacional de las empresas petroleras. Así, hasta el año 2021, el Estado ecuatoriano se vio obligado a pagar $ 1.875 millones a compañías internacionales por concepto de demandas en los ámbitos de inversión y comercio; siendo el caso de Oxy (Occidental Petroleum Corporation) aquel que representó el mayor monto desembolsado por el Estado, con $ 1.061 millones (Gráfico 2). 

Esto debido a una violación del Tratado Bilateral de Inversiones suscrito entre Ecuador y Estados Unidos de acuerdo con el laudato propiciado por el CIADI (Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones), como consta en una nota de La Barra Espaciadora.

Gráfico 2

Montos desembolsados por demandas internacionales (2006-2021)

Estos datos muestran únicamente los procesos judiciales que el Estado ha cancelado en su totalidad, ya que adicionalmente, casos como el de Perenco, expuesto anteriormente, hacen que el Gobierno mantenga deudas que alcanzan los $ 57 mil millones en su contra por demandas perdidas en procesos activos; esto sin contar los costosos litigios que debe asumir el Estado, ya sea por negligencias de funcionarios como por conflictos en las relaciones contractuales.

Bajo este contexto, el presidente Guillermo Lasso presentó en noviembre de 2021 un nuevo modelo de gestión arbitral para “precautelar los recursos del país por concepto de arbitrajes judiciales, fortalecer la institucionalidad del Estado y capacitar a los funcionarios para servir mejor a la ciudadanía”; este se basa en un enfoque preventivo, para evitar que los procesos lleguen a instancias judiciales. De este modo, la Procuraduría General del Estado contaría con mayores herramientas jurídicas para hacer prevalecer los derechos del Ecuador.

¿ES SUFICIENTE EL REGRESO AL CIADI PARA ATRAER CAPITAL EXTRANJERO?

Esta política mantiene concordancia con el regreso del país a la CIADI tras más de una década en la que el Ecuador se mantuvo al margen de los tribunales de arbitraje internacionales. Este centro internacional busca resolver los conflictos cuando existe incumplimiento de los acuerdos de inversión de alguna de las partes involucradas, por lo que las empresas extranjeras que realizan inversiones se ven protegidas. 

Si bien el Gobierno posiciona la adscripción al CIADI como un paso importante en la atracción de inversión extranjera, el fortalecimiento de la seguridad jurídica y un mejoramiento en las relaciones comerciales, la postura respecto a esta institución no siempre fue la misma. El gobierno pasado fue tajante en su propósito de acabar con el “sistema neoliberal” al considerar al CIADI como una institución perjudicial para la economía del país, debido al rechazo que posee por ciertos actores nacionales e internacionales que consideran que este organismo está supeditado al gran capital transnacional

Consecuentemente, la Corte Constitucional ecuatoriana declaró la inconstitucionalidad de más de una decena de convenios bilaterales de inversión en el mandato de Rafael Correa, en las que destacan las inversiones petroleras.

Si bien no existe un consenso acerca de los beneficios en materia de inversión que se derivan de pertenecer a instituciones de arbitraje internacional, los datos muestran que la participación de la IED como porcentaje del PIB alcanzó sus valores más bajos en 2007 y 2010, con 0,38% y 0,24%, respectivamente (Gráfico 3). Estos son precisamente los años en los que el país tomó decisiones con relación a esta institución ya que en 2007, bajo el mandato de Correa, Ecuador implementó medidas para limitar los alcances del tratado con el CIADI, mientras que para el 2010, el país abandonó definitivamente el convenio.

Gráfico 3

Inversión extranjera directa como porcentaje del PIB (2001-2018)

Se evidencia a grandes rasgos que la postura del país respecto al CIADI pudo haber incidido en el corto plazo en la disminución de la IED, no obstante, no se pueden sacar conclusiones sólidas de una relación causal, ya que esta caída en la inversión pudo haber sido originada también por otros factores. 

Adicionalmente, el hecho de que el país haya abandonado la CIADI, motivado por una política estatal beligerante en materia de inversión, no tuvo un impacto en el riesgo país (Gráfico 4), como sí lo tuvo el hecho de haber declarado inconstitucional la deuda en 2008; por lo que no se infiere como un factor determinante en el panorama externo del país.

Gráfico 4

Evolución del Riesgo País (2004-2016)

 

En conclusión, es importante señalar que esta adscripción debe ser uno de los múltiples pasos dentro de una política integral de Estado para la atracción de inversión extranjera directa. Es decir, debe ir acompañada de mejoras en las condiciones de infraestructura, macroeconómicas, y judiciales; así como también de una mayor estabilidad política y social. 

No obstante, esto no ha empezado de la mejor manera, ya que el apoyo a la firma del Convenio CIADI no ha sido transversal ni unánime entre los distintos sectores políticos de Ecuador, siendo considerada incluso como inconstitucional por ciertos sectores de la Asamblea Nacional, por lo que un cambio de gobierno en el futuro podría nuevamente redirigir al país hacia una salida del CIADI, incidiendo en la inestabilidad en el entorno de inversiones. 

Tal como señaló Katia Fach, profesora de Derecho Internacional en la Universidad de Zaragoza en mayo del presente año, sería crucial que los partidos políticos ecuatorianos acercasen posturas y negociasen las bases de un auténtico pacto de Estado en materia de inversiones internacionales. La consecución de dicho pacto, aparte de hablar a favor de la madurez de la clase política ecuatoriana, serviría de ejemplo en el contexto latinoamericano y podría impulsar otros avances en la región.

(*) Jorge Pérez, analista económico Revista Gestión.

 

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Last modified on 2022-08-28

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