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El Ministerio de Turismo envió al Registro Oficial el Reglamento de Alojamiento en Inmuebles para Uso Turístico, con el que busca regular el uso de viviendas y departamentos para hospedaje en Ecuador. El documento establece que las personas que quieren destinar sus inmuebles a esta actividad deberán contar con los siguientes documentos: Registro Único de Turismo como prestadores de servicios turísticos, Registro Único de Contribuyentes (RUC), Licencia Anual Única de Funcionamiento, autorización de la asamblea del condominio para que el inmueble sea utilizado para alojamiento turístico, inventario de los activos que tiene el departamento o la vivienda. Pero, además, se prohíbe alquilar solamente una parte de la casa o del departamento y se obliga a que se arriende el inmueble completo. Fuente: Primicias.

 

Last modified on 2019-08-16

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